Subir el SMI con la inflación de agosto costaría 1.000 euros más por empleado
Una subida del salario mínimo equivalente al IPC del 4,3% llevaría el SMI a 1.273,50 euros y elevaría el coste anual por trabajador a unos 23.580 euros.

El Gobierno tendrá que negociar en los próximos meses la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2027, y la referencia que más se está manejando es la inflación. Si el salario mínimo subiera en la misma proporción que el IPC de agosto, el 4,3%, el coste anual de cada trabajador que cobra exactamente el mínimo aumentaría cerca de 1.000 euros para el autónomo que lo tiene contratado, según los cálculos publicados por Autónomos y Emprendedor.
De dónde se parte
El punto de partida es el SMI vigente en 2026: 1.221 euros mensuales en catorce pagas, equivalentes a 17.094 euros brutos anuales, tal y como fija el Real Decreto 126/2026. Cuando la jornada es inferior a la completa, esa cuantía se aplica de forma proporcional.
La otra variable es la inflación. El último dato definitivo del INE situó el IPC anual de agosto en el 4,3%, siete décimas por encima del mes anterior y el nivel más alto desde febrero de 2023. En términos mensuales, los precios subieron un 0,7% respecto a julio. El transporte fue el capítulo más inflacionista, con un 9,5% interanual empujado por los carburantes, mientras que la inflación subyacente —la que excluye alimentos frescos y energía, y que mide mejor la tendencia de fondo— se quedó en el 2,9%.
Tres escenarios de subida
Conviene subrayar que no son previsiones oficiales, sino simulaciones sobre la cuantía actual. El Ejecutivo no ha fijado todavía el SMI de 2027 y no tiene por qué trasladar el IPC de forma automática al salario mínimo.
- Subida del 3%: el SMI pasaría a 1.257,63 euros mensuales y 17.606,82 euros anuales, con 512,82 euros más de salario bruto por trabajador.
- Subida del 4,3%: el mínimo alcanzaría 1.273,50 euros al mes y 17.829 euros al año, es decir, 735 euros brutos adicionales.
- Subida del 5%: se llegaría a 1.282,05 euros mensuales y 17.948,70 euros anuales, con 854,70 euros más por empleado.
El salario no es todo el coste
Para quien contrata, la factura no termina en la nómina. Al subir el salario computable también crece, con carácter general, la base sobre la que se calculan las cotizaciones a la Seguridad Social que paga la empresa. Por eso el impacto real supera siempre al incremento del bruto.
La simulación toma como referencia a un trabajador indefinido a jornada completa que cobra exactamente el mínimo e incorpora las cotizaciones empresariales, una prima del 1,5% por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el MEI empresarial del 0,83% previsto para 2027 —el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una cotización extra destinada a reforzar la hucha de las pensiones—, dejando el resto de tipos sin variación.
Con el SMI actual, ese coste empresarial ronda los 22.589,72 euros anuales. Con una subida del 3% se iría a unos 23.281,50 euros (691,78 euros más). Con el 4,3%, a alrededor de 23.580 euros, cerca de 1.000 euros adicionales por empleado. Y con el 5%, a unos 23.740 euros, un sobrecoste aproximado de 1.150 euros.
El efecto se multiplica con la plantilla: en el escenario del 4,3%, un negocio con cinco empleados en el mínimo asumiría unos 5.000 euros más al año, y uno con diez, cerca de 10.000. La cifra exacta dependerá del tipo de contrato, la actividad, las cotizaciones aplicables y las bonificaciones o reducciones vigentes, así que estos números sirven para captar el orden de magnitud, no para sustituir el cálculo de cada empresa.
Qué tendrá que revisar cada negocio
Una subida del SMI no implica que todas las nóminas suban ese mismo porcentaje. Lo que exige la ley es que la retribución computable en cómputo anual alcance el nuevo mínimo. Por eso la atención debe centrarse en los empleados cuyo salario anual quede cerca de la nueva cuantía, revisando la jornada contratada, las tablas del convenio colectivo, los complementos y las reglas de compensación y absorción.
En los contratos a tiempo parcial el mínimo se aplica en proporción a la jornada: cobrar menos de 1.221 euros al mes no significa automáticamente estar por debajo del umbral legal. Y quien ya percibe más que el nuevo SMI no tiene por qué recibir un incremento equivalente al aprobado.
El debate llega en un contexto en el que el salario medio crece a un ritmo del 4,2%, prácticamente el mismo que los precios, y en el que el Gobierno reivindica la subida acumulada del salario mínimo como una de sus principales medidas económicas.
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Elaborado a partir de información publicada por Autónomos y Emprendedor · Fuente primaria: documento original