La justicia belga anula el embargo de 76 millones a Enaire por el recorte a las renovables
Un tribunal belga declara ilegal el embargo de fondos de Eurocontrol destinados a Enaire y ordena devolver a España los 76 millones con sus intereses.

Un tribunal de Bélgica ha fallado a favor de España en el pulso que mantiene con el fondo estadounidense Blasket Renewable Investments por el recorte de las primas a las energías renovables aprobado en 2013. El juez ha anulado el embargo de 76 millones de euros que Eurocontrol debía abonar al gestor público de la navegación aérea, Enaire, y ordena devolver ese dinero al Estado español junto con los intereses generados. La información ha sido adelantada por elDiario.es.
De dónde viene el litigio
El origen está en la reforma eléctrica del Gobierno de Mariano Rajoy, que en 2013 modificó el esquema de incentivos a las renovables y redujo las primas en torno a un 40%. Numerosos inversores extranjeros que habían invertido en plantas fotovoltaicas y termosolares en España consideraron que el cambio alteraba las reglas con las que habían entrado y acudieron al arbitraje internacional.
Uno de ellos fue la firma RREEF, que llevó el caso al CIADI, el centro de arbitraje de inversiones dependiente del Banco Mundial que resuelve disputas entre Estados e inversores extranjeros. En 2019 ese tribunal condenó a España a indemnizar a la compañía con 59,6 millones de euros más intereses. España recurrió la decisión.
Como ocurre con frecuencia en este tipo de laudos, el derecho a cobrar la indemnización fue adquirido por un tercero: Blasket Renewable Investments, un fondo especializado en comprar laudos arbitrales pendientes de cobro para después intentar ejecutarlos. En junio de 2025 obtuvo en Bélgica una autorización judicial para embargar fondos que Eurocontrol —la organización europea que recauda las tasas de navegación aérea y las reparte entre los gestores nacionales— tenía que transferir a Enaire.
Por qué el juez belga tumba el embargo
Para evitar que el cobro de las tasas aéreas quedara bloqueado, España consignó judicialmente los 76 millones, lo que permitió levantar el embargo con carácter provisional mientras se resolvía la oposición.
El magistrado concluye ahora que, aunque el artículo 54 del Convenio del CIADI obliga a reconocer los laudos arbitrales, esa obligación cede ante el principio de primacía y autonomía del Derecho de la Unión Europea. Apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, sostiene que las cláusulas de arbitraje entre inversores y Estados miembros son incompatibles con los tratados comunitarios.
El tribunal añade dos argumentos. El primero, que se trata de un arbitraje "mixto", con una indemnización concedida de forma conjunta e indivisible, de modo que ejecutarla en territorio comunitario beneficiaría a un inversor de la UE en contra del Derecho europeo. El segundo, que la compensación derivada del cambio del régimen retributivo constituye una medida notificada a la Comisión Europea: mientras Bruselas no adopte una decisión final sobre si es o no ayuda de Estado, ejecutar el laudo vulneraría la obligación de suspensión.
Con esos fundamentos, el juez anula la autorización de embargo, lo declara ilegal e infundado, ordena la liberación inmediata y la devolución de los 76 millones consignados con todos sus intereses y condena al fondo al pago de las costas del procedimiento.
Un frente abierto de 10.400 millones
El caso es solo una pieza de un conflicto mucho mayor. Contra el Estado español se presentaron 51 arbitrajes en distintos tribunales, la mayoría ante el CIADI, con reclamaciones que suman alrededor de 10.400 millones de euros. España viene defendiendo en todos ellos la misma tesis: que el arbitraje intracomunitario es incompatible con el ordenamiento europeo y que el pago de esas indemnizaciones requeriría el visto bueno de Bruselas en materia de ayudas de Estado.
La batalla se libra sobre todo fuera de España, allí donde los fondos tenedores de los laudos localizan bienes o créditos del Estado susceptibles de embargo. Las decisiones del Tribunal de Justicia de la UE sobre la relación entre el Derecho comunitario y el sector energético marcan el terreno de juego, como ya ocurrió con el impuesto europeo a las energéticas de 2022. Para Enaire, el efecto práctico inmediato es que recupera unos ingresos por tasas aéreas que llevaban meses retenidos.
- Renovables
- Arbitraje internacional
- Enaire
- CIADI
- Unión Europea
Elaborado a partir de información publicada por elDiario.es Economía · Fuente primaria: documento original